Gastos deducibles como crédito fiscal del IVA para servicios personales
Según la Resolución DNIT N° 8175/22 de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). Esta normativa establece los requisitos y límites para la deducción de créditos fiscales relacionados con servicios personales:
| CONCEPTO | DESCRIPCION | REGLAMENTACION | OBSERVACION |
|---|---|---|---|
| CONCEPTO | DESCRIPCION | REGLAMENTACION | OBSERVACION |
| Servicios de terceros vinculados a nómina | Ej: Outsourcing de gestión de RR.HH. , procesamiento de salarios. | Art. 18, Res. DNIT 8175/22 | Factura electrónica con RUC y IVA discriminado. Relación con actividades gravadas. |
| Capacitación laboral por terceros | Cursos o entrenamientos contratados a empresas externas. | Art. 26, Res. DNIT 8175/22 | Factura con IVA discriminado. Vinculación con la actividad económica. |
| Uniformes e indumentaria laboral. | Compra de uniformes o equipos de protección. | Art. 28, Res. DNIT 8175/22 | Factura con IVA. Uso exclusivo para funciones laborales. |
| Seguros médicos colectivos | Pólizas con IVA discriminado. | Art. 24, Res. DNIT 8175/22 | Límite: 10% de remuneraciones brutas anuales. Factura válida. |
| Viáticos y movilidad (tercerizados) | Transporte/alojamiento contratado a empresas. | Art. 30, Res. DNIT 8175/22 | Factura con IVA. Justificación de viaje vinculado a actividad gravada. |
| Servicios de bienestar laboral | Gimnasios, comedores, salud ocupacional. | Art. 34, Res. DNI 8175/22 | Factura con IVA. Beneficio colectivo y necesario para la operación. |
Notas Importantes
IVA Discriminado : Solo se aceptan facturas que especifiquen el IVA por separado (no incluidas en el precio).
Relación con Actividades Gravadas : Los gastos deben estar vinculados a ingresos que pagan IVA (no aplican para actividades exentas).
Límites : Algunos conceptos (como seguros médicos) tienen topes porcentuales según la normativa.
Exclusiones : No son deducibles:
- Aportes al IPS (son gastos deducibles para IRACIS, no para IVA).
- Bonificaciones o sueldos directos (no generan IVA).
- Gastos a socios, familiares o proveedores no registrados en la DNIT.
